La primera demanda atraída por la SCJN busca conseguir que el Fideicomiso Río Sonora pueda ser cuestionado a través de un juicio de amparo porque su objeto (en este caso, la remediación de la contaminación del Río Sonora y los daños al medio ambiente y a la salud de los habitantes, así como los daños económicos causados a la población aledaña) es de interés público, además de que el Comité Técnico del Fideicomiso fue presidido por un funcionario público, el subsecretario de SEMARNAT, Rodolfo Lacy Tamayo.
El Fideicomiso Río Sonora fue creado por Grupo México para reparar los daños causados por el derrame de 40 millones de litros de solución de cobre acidulado a los ríos Bacanuchi y Sonora, provenientes de las instalaciones de la mina Buenavista del Cobre, S.A. de C.V., en agosto de 2014, lo que provocó el peor desastre ambiental en la historia de la minería en México.
El manejo de este Fideicomiso se caracterizó por su opacidad, ya que de los 2 mil millones de pesos que la empresa destinó para reparar los daños ambientales y materiales ocasionados por el derrame, se usó poco más de la mitad, dejando pendiente una serie de promesas a la población hechas poco después del derrame, como:
Asegurar tranquilidad en el consumo de agua de calidad, ya que el Fideicomiso prometió instalar 36 plantas potabilizadoras, aunque solamente construyó nueve, de las cuales hay ocho instaladas y no todas operan con regularidad.Atender los problemas de salud, pues el Fideicomiso prometió construir una unidad médica sin precedentes en el país para tratar las intoxicaciones por metales pesados, pero el edificio destinado a ese propósito quedó en obra negra y el Fideicomiso cerró sin haber abierto la unidad de salud.Apoyar la reactivación agropecuaria en la región, que mueve la economía de la zona. El Fideicomiso se limitó a repartir una serie de indemnizaciones a los productores sin hacer un análisis económico para ese reparto, lo que provocó que los montos fueran ínfimos comparados con las pérdidas ocasionadas a los productores agrícolas y ganaderos.De acuerdo con Cano, este caso es “de una trascendencia brutal porque una de las características de la captura del Estado es que el Fideicomiso trabaja para las empresas y satisface sus intereses. Básicamente, eso se observa en un caso concreto. ¿El subsecretario para quién trabajaba o a quién representaba en el Comité Técnico del Fideicomiso, a la empresa o a la población?”
Si la Suprema Corte acepta que el Fideicomiso puede ser cuestionado en un juicio de amparo, una de las posibles consecuencias sería la reapertura del Fideicomiso para permitir que la gente sea tomada en cuenta, lo cual “abriría la esperanza de que esto no acabe en la impunidad más atroz”, señala Cano.
El segundo caso que atrajo la SCJN busca definir si las personas que habitan en las zonas aledañas al Río Sonora y a las instalaciones de la mina en Cananea tienen la posibilidad de cuestionar el funcionamiento de la nueva presa de jales construida por Grupo México, en tanto que pueden verse afectadas por su operación.
Hay un precedente en el sentido de que las personas que demuestren tener sus domicilios en los lugares donde se realizan obras que afectan el medio ambiente pueden cuestionar los actos relacionados con esa situación. Este caso es novedoso porque las personas que solicitan opinar sobre la presa de jales no están en el mismo lugar de la mina, sino en un municipio distinto al afectado, en este caso en Bacánuchi.
Si la SCJN decidiera que las comunidades no deben opinar sobre la presa de jales en Cananea, “sería terrible porque estamos hablando de impactos al medio ambiente, y esos impactos no pueden cortarse por las líneas formales de frontera entre los municipios o entidades, incluso entre los países. Y todavía sería más terrible por las particularidades del caso de donde hubo un derrame que afectó todo el río a lo largo de más de 250 kilómetros hasta llegar a Hermosillo.”, sostiene el abogado Cano.