La clausura de las obras de la desaladora de Guaymas Empalme no se justifican por Ley 



El 15 de octubre de 2019, el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sonora falló a favor de Aqualia Desalación Guaymas S.A. de C.V, declarando la nulidad de los actos de autoridad referentes a la clausura.


Querétaro, 29 de junio de 2020


Con relación a la clausura de las obras del proyecto de la planta desaladora Guaymas Empalme por parte de las autoridades del municipio de Empalme, Sonora, y a su licencia de construcción correspondiente, se relacionan los siguientes hechos:


a) Con fecha de 06 de junio de 2019  el municipio de Empalme requiere a Aqualia Desalación Guaymas S.A. de C.V. (en adelante ADG) el pago 10.051 MDP por los derechos de la Licencia de Construcción. Este monto no estaba calculado conforme a la Ley.

b) El 13 de junio de 2019  Aqualia Desalación Guaymas S.A. de C.V., (ADG) solicitó al H. Ayuntamiento de Empalme la expedición de la Licencia de Construcción de las obras al amparo del Contrato número CEA-APP-OB-17-036 “Contrato de Asociación Público Privada para la prestación de los servicios de entrega  de agua potable para los municipios de Guaymas y Empalme, Sonora, mediante la captación y desalación de agua, su potabilización, conducción, equipamiento, puesta en marcha, operación y mantenimiento por un plazo de 20 años celebrado con la Comisión Estatal del Agua de Sonora; adjuntando la información y requisitos previstos en el Artículo 44 del Reglamento de Construcción del Municipio de Empalme, Sonora.

c) El 14 de junio de 2019 ADG exhibió ante el municipio de Empalme, el pago por la expedición de la Licencia de Construcción, con fundamento en lo previsto por el Artículo 64, Fracción II inciso f) de la Ley de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Empalme, Sonora.

d) Con fecha del 17 de junio de 2019 la autoridad municipal señala que el monto por el derecho de la licencia de construcción es de 10.051 MDP y solicita el pago de la diferencia.

e) El 26 de junio de 2019, las autoridades municipales aplican una multa a ADG por no contar con Licencia de Construcción y solicita el pago de los derechos de la Licencia de Construcción.

f) Con fecha 05 de julio de 2019, ADG solicita ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sonora la nulidad de los actos de clausura por parte del H. Ayuntamiento de Empalme.

g) El 15 de octubre de 2019, el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Sonora falla a favor de Aqualia Desaladora Guaymas S.A. de C.V., declarando la nulidad de los actos de autoridad referentes a la clausura.

h) Hasta el 01 de junio de 2020, es decir 11 meses y 12 días después de haber presentado la formal solicitud, ese H. Ayuntamiento requirió a ADG presuntos requisitos faltantes a la solicitud inicial de emisión de la licencia de construcción.


De acuerdo a lo anteriormente expuesto, consideramos que no es conforme a Ley la Clausura de fecha 25 de junio del 2020 y es por eso que la empresa ha presentado recurso de amparo hoy día 29 de junio ante el tribunal correspondiente. 


Para más información:

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