Empresas que paren labores no pueden despedir a su personal

 Las empresas y negocios que paralicen labores por la declaratoria de emergencia sanitaria emitida el miércoles 25 de marzo por el Gobierno se Sonora, no pueden despedir a sus empleados debido a la inoperatividad del centro de trabajo, deberán pagarles el salario mínimo por ley, que es de 123 pesos, indicó Horacio Valenzuela Ibarra.

El Secretario del Trabajo dijo que los patrones que envíen a sus casas a los empleados tienen que continuar pagando sueldos ya que la contingencia no debe afectar la estabilidad y bienestar de las familias, aun cuando no sea responsabilidad ni de la empresa ni de la planta laboral.

“Lo único que puede hacer es mandarlo a su casa, pero pagándole un salario mínimo general, 123 pesos, mientras dura la contingencia, exige esto la solidaridad y el apoyo de los empresarios, qué fácil es mandarlos a la calle y a ver cómo resuelven su vida, familias que viven en condiciones muy difíciles”.

Comentó que el sueldo integrado sería de aproximadamente 3,700 y 4,000 mil pesos al mes.

En tanto, los empresarios podrán solicitar una parte del fondo de 500 millones que anunció la gobernadora del estado para sufragar el pago de sueldos y pérdidas por el paro de producción y servicios, según sea el giro, principalmente para los pequeños y medianos negocios.

De no cumplir con el pago, los patrones tendrían demandas laborales en su contra por incumplimiento de la ley, señaló.

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